DESMALEZADO Y LIMPIEZA DE INMUEBLES

Desde el Área de Ambiente y Seguridad e Higiene Municipal, y en conjunto con el Juzgado de Faltas, se recuerda la vigencia de la Ordenanza N° 178/22 que dispone la obligatoriedad de mantener los inmuebles sin edificación, con obras en construcción o inmuebles edificados dentro de la zona urbana y suburbana en condiciones de limpieza, libre de malezas, pastizales y/o acumulación de basura, escombros, chatarra y cualquier otro elemento que signifique un peligro real o potencial para la salud pública, dañen el medio ambiente, afecten la estética urbana y/o constituyan un peligro para la seguridad pública.

Todos los vecinos, sea en calidad de propietarios, usufructuarios y/o poseedores o tenedores de los inmuebles ubicados en nuestro ejido, son sujetos obligados al cumplimiento de esta Ordenanza.

Se informa que se realizarán Actas de Constatación promoviendo las actuaciones correspondientes ante el Juzgado de Faltas.

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